La Constitución liberal de 1856 y la moderada de 1860: comparaciones y aportes
DOI:
https://doi.org/10.62450/unmsm.derecho/2020.v75n75.05Palabras clave:
Constitución liberal de 1856, Constitución moderada de 1860, historia constitucional peruana, constitucionalismo, fiscal de la naciónResumen
La Constitución liberal de 1856 y la moderada de 1860, suscritas por el presidente Ramón Castilla, nos permiten conocer y abordar la evolución del pensamiento constitucional peruano en los planos político, jurídico y cultural a lo largo del siglo XIX. Ambas cartas magnas reflejan el clásico péndulo entre el pensamiento conservador y las ideas liberales en el Perú, América Latina y Europa. Los liberales dispusieron una carta que plasmaba sus ideas defensoras de la persona humana, la libertad y los derechos humanos, sancionaron la inconstitucionalidad de las leyes, promovieron el control de las infracciones inconstitucionales, crearon la figura del fiscal de la nación, entre otras instituciones que han sido asumidas por nuestro actual constitucionalismo. Por su parte, los moderados, que ya no conservadores, propusieron un texto sencillo, quizás parco, pero fue el más longevo de la historia nacional. En un país donde, como decía Manuel Vicente Villarán, vivimos haciendo y deshaciendo constituciones, y continuamos siendo aún una democracia con instituciones precarias, ello significa una enorme lección que deberíamos tener presente en nuestros días.